martes, 27 de diciembre de 2011

Los autónomos lideran las pérdidas por impagos con un 4,5% en 2011

Los autónomos lideran las pérdidas por impagos en España al alcanzar un 4,5% en lo que va de 2011, superando así la cifra de 2010 que se situaba en el 4%.
 
A la cola del ranking continúa el sector 'utilities' (gas, agua y energía) con un 1,5% de impagos. Los sectores que mayor deterioro han sufrido respecto al año anterior fueron los servicios profesionales, transportes y sanidad con un 12,5%, 9,5% y 7,4% más, respectivamente.

 
Por otro lado, el sector inmobiliario ha reducido sus pérdidas por impagos un 5% en lo que va de año y el sector de mayoristas y minoristas un 4%. De esta forma, se convierten en los únicos sectores con cifras negativas de crecimiento.

 
Los factores principales para elaborar esta lista "son básicamente tres: el comportamiento de pago, la rigurosidad de la política de crédito y la coyuntura económica actual".
Por otro lado, la media europea de pérdidas por impagos se ha incrementado hasta el 2,7% en lo que va de año, un porcentaje que se situaba en el 2,6% en 2010 y 2,4% en 2009 y que registra una tendencia al alza desde 2007 cuando la media era del 1,9%.

 
Estos porcentajes se traducen en unas pérdidas por impagos de 312.000 millones de euros, aunque esta carga no se distribuye uniformemente entre los diferentes sectores.
Para el 2012, se prevé que la situación empeore, aunque considera que existen medidas de protección que pueden llevarse a cabo por las empresas y que servirían también para impulsar Europa. En este sentido, el estudio "indica que habrá un giro a peor antes de que mejore la situación".

viernes, 23 de diciembre de 2011

Transcobro les desea feliz Navidad


En estas fechas tan señaladas, desde Transcobro queremos desearles unas felices fiestas y agradecerles su confianza durante este año que llega a su fin.

Feliz Navidad y próspero 2012.





martes, 20 de diciembre de 2011

El transporte sopesa medidas de presión para atajar la gran morosidad empresarial

La patronal Cesintra pone en el punto de mira los impagos de 25 grandes y medianas compañías de Asturias y se plantea dejar de prestarles servicios.

Los transportistas asturianos de mercancías por carretera se están planteando dar un puñetazo en la mesa para tratar de combatir una realidad que está haciendo mucho daño en el sector: la morosidad de sus clientes. Las asociaciones de empresarios y autónomos que agrupan a los profesionales de la región aseguran que las deudas les están ahogando -los impagos han subido hasta un 60 por ciento con respecto a 2010- y que no pueden permitirse continuar prestando servicios a aquellas empresas que no garanticen los pagos ni a las que los aplazan en exceso. «Es la única forma que tenemos de presionar para que cumplan la ley contra la Morosidad -que establece un pago a máximo de 60 días desde la entrega de la mercancía- porque de lo contrario nos van a echar a todos a la ruina», aseguró ayer el presidente de la Central Empresarial de Servicios Internacionales y Nacionales del Transporte (Cesintra), Enrique Riaño.

Cesintra tiene claro que hay que echar el freno y su presidente así lo planteó durante la asamblea extraordinaria de ayer delante de más de cien transportistas. Enrique Riaño llegó a la cita con una lista de «más de 25 grandes y medianas empresas asturianas que no están cumpliendo con los pagos» y la puso sobre la mesa «para que cada uno tome su propia decisión». El presidente de Cesintra asegura que algunas firmas que operan en la región «están extendiendo pagarés a un año» y que otras, «de reconocido prestigio», se escudan en la crisis «para poner a los transportistas contra la espada y la pared y pedirles rebajas o más plazo a cambio de garantizarles el pago». Riaño fue más allá: «Cada uno tomará su decisión. Lo que está claro es que la asociación los defenderá para que cobren sus deudas».

En la misma línea se expresó el presidente de la Asociación de Empresarios del Transporte y Aparcamientos de Asturias (Asetra), Ovidio de la Roza. «Estamos plenamente de acuerdo, nosotros ya veníamos denunciando desde hace tiempo el problema que supone la morosidad de las empresas y en los últimos meses se ha acrecentado. Aquellas empresas que sean sospechosas de impagos o que aparezcan en una lista con antecedentes tienen que recibir el servicio previo pago o a la hora de recibir la mercancía». De la Roza apela a la ley de Contrato de Transporte de mercancías y solicita «medidas para garantizar los pagos en 30 días» para zanjar un problema «que no sólo se está dando en empresas del sector de la construcción» y que «se está extendiendo a otros muchos».

Por su parte, el presidente de la Unión Independiente de Transportistas Autónomos (UITA), José Fernández, asegura que su asociación también lleva muchos años planteando la posibilidad de tomar medidas para acabar con la morosidad y está convencido de que «no se puede trabajar para quien no pague ni para quien no cumpla la ley». José Fernández afirma que es necesario establecer un reglamento sancionador para aquellas firmas que no cumplan, «como hay en Francia», y sostiene que «no se puede estar hasta ocho meses para cobrar». 


El presidente de UITA, al igual que el resto de los consultados, denuncia otra situación que está «acabando con el sector»: el pago del IVA antes del cobro. «Estamos abonando el IVA por adelantado y cada vez cierran más empresas que no nos pagan y nos devuelven más pagarés», aseguró. Eso sí, para dejar de prestar servicios a las empresas hay que llegar a un acuerdo firme. «A ver quién se pone de acuerdo para eso, si no lo hacemos nosotros lo va a hacer uno de León», explicó José Fernández, que aprovechó para criticar a Asetra y a Cesintra: «Se acuerdan ahora cuando antes nos criticaron a nosotros por denunciar la situación. Están para callar porque muchas de sus empresas están en concurso y no van a pagar sus deudas», espetó.

Durante la asamblea de ayer, los responsables del Cesintra también reclamaron al Gobierno asturiano el compromiso de suprimir el denominado «céntimo sanitario» implantado por el anterior Ejecutivo. Dicho tributo, cuya eliminación figuraba en el programa electoral con el que Foro Asturias ganó las elecciones autonómicas, se aplica en Asturias desde 2004 e incrementa en 2,4 céntimos de euro por litro el precio de las gasolinas y en 2 céntimos el del gasóleo con el objetivo de financiar la sanidad pública. En la asamblea también se planteó reclamar al nuevo Gobierno que presidirá Rajoy el cumplimiento de los acuerdos que se habían adoptado en el Comité Nacional y que, según el Cesintra, habían quedado pendientes.


Imagen: freedigitalphotos.net

martes, 13 de diciembre de 2011

¿Qué es un registro de impagados?

Ante la existencia de un impago, son muchos los acreedores que, aparte de pretender el cobro de su deuda, tienen un interés especial en incluir a sus deudores en alguno de los registros de impagados que existen en nuestro país, como mecanismo de presión para la recuperación de su dinero. Sin embargo, la inclusión de una deuda en algunos de los registros que existen para ello no siempre es posible. A continuación informamos a nuestros clientes de la naturaleza de dichos registros y cuál es su funcionamiento.

La nota característica general de todos los registros de impagados es que se trata de registros donde figuran datos de personas que han tenido o tienen alguna deuda pendiente, como pueden ser letras de la hipoteca, préstamos personales, títulos mercantiles, facturas por suministros como luz, agua, teléfono, etc.

A partir de la Ley Orgánica 5/1992, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, cuando los datos de una persona se incluyen en una lista de morosos, existe la obligación legal de notificar al afectado que ha sido incluido en dicha lista en el plazo de 30 días, para que éste pueda ejercer sus derechos de información, rectificación y cancelación.

En nuestro país son dos los registros de este tipo que acumulan el mayor número de ficheros: el RAI y el ASNEF.

RAI

El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) es un fichero de incumplimiento de obligaciones dinerarias de titularidad privada mantenido por el Centro de Cooperación Interbancaria (CCI). La finalidad de este fichero es el intercambio de información entre estas entidades financieras con el objeto de mejorar la gestión de riesgos del sistema financiero. Los datos del RAI pueden ser consultados únicamente por entidades que estén asociadas al CCI, siempre y cuando además la entidad que consulta aporte al fichero los datos de sus impagados.

Está constituido por información relativa a aquellos impagos, exclusivamente de personas jurídicas, es decir empresas, de cuantía igual o superior a 300 euros, que se produzcan en documentos en los que conste la firma del deudor reconociendo la deuda (letras de cambio aceptadas, pagarés cambiarios, cheques de cuenta corriente y pagarés de cuenta corriente), que tengan fuerza ejecutiva. Asimismo, recoge los recibos que suplan a las letras de cambio en los que conste la aceptación del deudor con su firma y cumplan los restantes requisitos antes señalados, salvo el de fuerza ejecutiva.

Esta información relativa a los impagos la aportan Bancos, Cajas de Ahorro, Cajas Rurales y Cooperativas de Crédito. El plazo de permanencia de la información contenida en el RAI es de 30 meses. La información a la que se puede acceder es limitada. Los acreedores únicamente pueden acceder a dicha información para la concesión de crédito o seguimiento de créditos previamente concedidos.

ASNEF

En la ASNEF (Asociación Nacional de Entidades de Financiación) aparecen datos relativos a personas con deudas impagadas, estén aceptadas o no. Tiene como función principal la de servir de enlace entre las entidades de crédito y otros organismos como las Administraciones Públicas y consumidores, para que, gracias a su actividad, todos ellos puedan acceder de manera fácil a la información relativa a posibles destinatarios de sus servicios que pudieran estar incursos en una situación de “solvencia cuestionable” declarada por otro acreedor. En definitiva, aporta un historial sobre la situación o perfil de riesgo de una determinada persona que, por el mero hecho de aparecer en su registro, hará saltar la voz de alarma por tener o haber tenido una deuda que no ha pagado.

Aunque, como su propio nombre indica, está enfocada principalmente a las entidades de crédito, además de éstas lo utilizan grandes compañías de servicios como las compañías de telefonía, luz, televisión por cable, etc. Estas compañías tienen sus propios protocolos internos pero normalmente tienen fijado el límite de 3 recibos devueltos para incluir a sus clientes en dicho registro.

Aunque no se trata de la problemática habitual de nuestros clientes, a título informativo, explicaremos qué pasos hay que dar para salir de dichos registros. Las condiciones que deben cumplirse para aparecer en un fichero de impagados son:
  • Existencia de una deuda cierta, exigible, vigente e impagada por parte de la persona a la empresa.
  • Requerimiento de pago por parte del acreedor sin respuesta de pago por parte del moroso.
  • No existencia de prueba documental que anule alguno de los puntos anteriores.
En caso de no encontrarse en las anteriores circunstancias y tener el problema de aparecer por error en alguno de estos registros, es necesario tomar medidas: 
  • Habrá que solicitar la cancelación o modificación empleando para ello un medio que deje constancia del envío, de su recepción y del contenido de la comunicación. 
  • El acreedor que incluyó la deuda en el registro tiene 7 días para presentar pruebas documentales que contradigan el anterior punto.   
  • Para solicitar la baja deberá proporcionar documentación que acredite la inexistencia de deuda junto con copia del DNI.   
  • El titular de la lista deberá eliminar los datos en los siguientes 10 días.  
Si no se obtiene respuesta satisfactoria o ninguna respuesta en los plazos indicados, habrá que dirigirse a reclamar a la Agencia Española de Protección de Datos, adjuntando copia de los trámites y solicitud de baja cursada.

Si usted se ha visto perjudicado por una vulneración de esta normativa de protección de datos tendrán derecho a recibir una indemnización tras la interposición de una demanda ante la justicia ordinaria, debiendo demostrar y cuantificar el perjuicio sufrido junto al coste que tiene el proceso. Es importante recordar que los datos inscritos en este tipo de registros pueden permanecer hasta 6 años, contados desde la generación de la deuda.

Contestando a la pregunta que habitualmente nos formulan muchos de nuestros clientes de si pueden incluir ellos a sus morosos en alguno de estos registros, debemos contestar que no, porque como ya hemos explicado anteriormente, el RAI es exclusivo para entidades bancarias y el ASNEF para entidades bancarias y empresas, pero no para particulares que pretendan incluir deudas personales.